Cambiar el orden de los apellidos en España es un derecho reconocido por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, que modificó el Código Civil para permitir a cualquier persona mayor de edad solicitar la modificación del orden de sus apellidos. Esta ley entró en vigor el 31 de julio de 2023 y supone un avance significativo respecto a la regulación anterior, que solo permitía ciertos cambios bajo circunstancias excepcionales.
El artículo 57.4 del Código Civil establece que las personas mayores de edad pueden solicitar al Juzgado de Primera Instancia competente el cambio de orden de sus apellidos, bien para colocar el apellido paterno antes que el materno, o viceversa. Esta solicitud no requiere acreditar un motivo concreto, lo que facilita enormemente el acceso a este derecho. Es importante destacar que este cambio afecta al nombre completo registrado en el Registro Civil y, por tanto, tiene consecuencias administrativas en todos los documentos oficiales.
Para iniciar el procedimiento, el interesado debe presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del solicitante. En la demanda se debe indicar claramente cuál es el nuevo orden deseado de los apellidos y acompañar la solicitud con copia del DNI y del certificado literal de nacimiento.
El juez, tras verificar que se cumplen los requisitos formales, dictará una sentencia autorizando el cambio. Una vez firme la sentencia (o si no hay oposición), se presentará ante el Registro Civil competente para que se realice la anotación marginal en el registro y se emita un nuevo certificado literal de nacimiento con el orden modificado. Es fundamental actualizar posteriormente este dato en todos los documentos: DNI, pasaporte, tarjeta sanitaria, contratos laborales y seguros, entre otros.
Cambiar el orden de los apellidos en España es hoy más sencillo y accesible que nunca gracias a la reforma legal reciente. Aunque el proceso requiere acudir al Poder Judicial y actualizar varios documentos, la eliminación de la necesidad de justificar motivos hace que sea un trámite totalmente asumible para cualquier ciudadano mayor de edad.